Derecho Cooperativo
Es un conjunto de normas especiales, de jurisprudencia, doctrina y costumbres basadas en los principios que determinan y regulan la actuación de las organizaciones cooperativas y las personas que en ellas participan.
Las sociedades cooperativas se regirán por las disposiciones de la Legislación a la que se refiere la fracción XXIX-N del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sus normas reglamentarias que en general conforman el Derecho cooperativo.
En materia de fomento cooperativo serán aplicables las normas de Derecho económico y, en sus relaciones de Derecho privado, supletoriamente se regirán por el Derecho común en cuanto fuera compatible con la naturaleza social de las cooperativas.
En cuanto al Derecho público cooperativo, las sociedades cooperativas en todas sus modalidades y sus organismos de representación, integración y de articulación quedan sujetas, por cuanto a sus garantías, derechos y obligaciones, a los preceptos de los Artículos 5, 9, 25, 26, 27, 28, 73, 115, 123 y 124 de la Constitución General de la República, sus leyes secundarias y las normas constitucionales y legales análogas en las entidades federativas y el Distrito Federal.
La base normativa de esta Ley es el Derecho cooperativo que se sustenta en el Derecho Constitucional y las leyes secundarias de Derecho Administrativo, Agrario, Del Trabajo, Civil, Mercantil y Fiscal, principalmente
La base normativa de esta Ley
es el Derecho cooperativo que se sustenta en el Derecho Constitucional y las leyes secundarias de Derecho Administrativo, Agrario, Del Trabajo, Civil, Mercantil y Fiscal, principalmente.
Derecho Administrativo
El Derecho Administrativo, que tiene como fuente primera y principal a la Constitución General de la República…
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Derecho Agrario
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